Decreto No. 3516 2008 Imprimir E-mail
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO


Decreto No. 3516 2008


(16 Septiembre de 2008)


Por el cual se modifica el Decreto 3272 del 2 de septiembre de 2008


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

 

En uso de las facultades conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a las normas generales previstas en las Leyes 6a. de 1971 y 7a. de 1991, oído el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior y,

 
DECRETA

ARTICULO 1°. Modificase el artículo 1 del decreto 3272 del 2 de septiembre de 2008, el cual quedara así:

"Establecer un gravamen arancelario del 35% para las importaciones de calzado de las partidas 64.01 a 64.05 del Arancel de Aduanas, excepto la subpartida 6405.20.00.00 para la que se establece un gravamen arancelario de 40%, siempre que los precios FOB declarados sean inferiores a los precios indicativos determinados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales."


ARTICULO 2º. El presente Decreto rige a partir de su publicación.

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PUBLIQUESE Y CUMPLASE

Dado en Bogotá, a los 16 SEP 2008



ÁLVARO URIBE VÉLEZ




EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

OSCAR IVAN ZULUAGA ESCOBAR



VICEMINISTRO DE TURISMO ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DEL MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO

OSCAR RUEDA GARCIA